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Reclamación Patrimonial

La Reclamación Patrimonial: Responsabilidad de la Administración ante los Daños Causados

La reclamación patrimonial es el mecanismo jurídico que permite a los ciudadanos exigir una indemnización cuando la Administración Pública, mediante acción u omisión, les causa un daño físico o material.

En consecuencia, esta institución garantiza que el poder público responda por los perjuicios derivados del funcionamiento de los servicios públicos, en aplicación del artículo 106.2 de la Constitución Española.

Además, el principio de responsabilidad patrimonial tiene carácter objetivo: no es necesario demostrar culpa o negligencia, basta con probar la existencia del daño, su antijuridicidad y la relación de causalidad con la actuación administrativa.

Por tanto, contar con un abogado especialista en reclamación patrimonial es esencial para asegurar una compensación justa y efectiva.

La Dimensión Humana de la Reclamación Patrimonial: Reparar el Daño Físico y Material

Cuando la actividad o inactividad de la Administración Pública ocasiona una lesión directa en la integridad física o en los bienes de un particular, nace el derecho a reclamar indemnización.

Asimismo, esta faceta del derecho administrativo tiene un impacto directo en la salud, la calidad de vida y la estabilidad económica del ciudadano afectado.

Las reclamaciones por daños materiales o físicos se basan en la responsabilidad patrimonial objetiva: la Administración debe indemnizar los perjuicios causados por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, sin que sea preciso demostrar culpa.

El fundamento legal se encuentra en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De este modo, el acompañamiento de abogados expertos en reclamaciones patrimoniales resulta imprescindible para garantizar que se cumpla el principio de reparación integral.

Requisitos para que el Daño sea Indemnizable

Lesión Antijurídica y Efectiva

El daño físico o material debe ser real, constatable y antijurídico, es decir, el ciudadano no tiene el deber jurídico de soportarlo. No son indemnizables los perjuicios derivados de riesgos normales o de actos legítimos de la Administración.

En este sentido, el abogado en reclamación patrimonial debe demostrar que la lesión es efectiva y económicamente valorable.

Daño Individualizado de la reclamación patrimonial

El perjuicio debe afectar de manera concreta a una persona o grupo, no a la colectividad general. Por tanto, el daño debe ser específico y cuantificable.

Imputación a la Administración Pública

Debe acreditarse que el daño se produjo directamente como consecuencia del funcionamiento de un servicio público, ya sea por acción o por omisión.

Por ejemplo, una obra pública mal ejecutada que cause daños en propiedades o una intervención sanitaria con secuelas evitables.

Relación de Causalidad

Debe existir un vínculo claro y directo entre la actuación administrativa y el daño sufrido. Si intervienen causas externas (como fuerza mayor) o negligencia del afectado, la Administración puede quedar exenta.

Daño Cuantificable de reclamación patrimonial

El perjuicio, tanto físico como material, debe ser económicamente valorable. Así, en los daños físicos se incluyen gastos médicos, rehabilitación, secuelas, daño moral y pérdida de ingresos.

Procedimiento para Exigir la Reclamación Patrimonial

A. Vía Administrativa

  1. Inicio y solicitud: Se presenta ante la Administración causante del daño, describiendo hechos, cuantía y aportando pruebas.

  2. Plazo: Un año desde que se produjo el daño o desde que se manifestó su efecto lesivo.

  3. Tramitación: La Administración instruye el expediente, solicita informes y da audiencia al reclamante.

  4. Resolución: Debe dictarse en un máximo de seis meses. Si no hay respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Por ello, el apoyo de un abogado de responsabilidad patrimonial es fundamental para cumplir los plazos y estructurar correctamente la solicitud.

B. Vía Judicial (Contencioso-Administrativa)

Si la Administración desestima la reclamación, el afectado puede acudir a los tribunales.

En este punto, el juez revisará los hechos, valorará las pruebas y determinará la indemnización correspondiente. La defensa judicial requiere la intervención de abogados expertos en reclamaciones patrimoniales, especialmente para la práctica de pruebas periciales.

Cálculo de la Indemnización por Daños Físicos y Materiales

El objetivo de la indemnización es el resarcimiento total del perjuicio sufrido. Para ello se valoran:

  • Gastos asistenciales: Costes médicos, farmacéuticos, rehabilitación y prótesis.

  • Daño moral: Dolor, sufrimiento, pérdida de calidad de vida y secuelas permanentes.

  • Daño emergente: Pérdidas económicas directas.

  • Lucro cesante: Ingresos dejados de percibir por incapacidad o pérdida patrimonial.

De igual modo, la complejidad de esta valoración exige la intervención de peritos médicos y económicos, coordinados por abogados especializados que defiendan cada partida de indemnización.

Conclusión: La Reclamación Patrimonial como Garantía de Justicia

La reclamación patrimonial es una herramienta esencial para proteger al ciudadano frente a los errores o actuaciones dañosas de la Administración.

En definitiva, permite restablecer el equilibrio entre el interés público y los derechos individuales. Contar con un abogado experto en reclamación patrimonial asegura una defensa sólida, técnica y humana ante cualquier perjuicio causado por el Estado.

📜 Legislación:

Abogado administrativo en Sevilla especialista en reclamación patrimonial