Abogados

DAÑOS Y PERJUICIOS

Daños y Perjuicios: Daño Emergente y Lucro CesanteLos Daños y Perjuicios en España

Abogado de Daños y Perjuicios: En el intrincado y a menudo laberíntico territorio del Derecho Civil español, la reparación de las aflicciones y menoscabos sufridos por individuos o entidades jurídicas encuentra su cauce procesal y sustantivo a través de la institución jurídica, de honda trascendencia socioeconómica, de los daños y perjuicios. Es importante ofrecer una especificación exhaustiva y rigurosamente fundamentada en la normativa vigente sobre este concepto cardinal, con la firme intención de desentrañar su complejidad y delimitar su vasto alcance dentro de nuestro ordenamiento jurídico.

Fundamentos Jurídicos de la Obligación de Reparar Daños y Perjuicios

La génesis de la obligación de resarcir los daños y perjuicios se ancla primordialmente en los preceptos contenidos en los artículos 1902 y siguientes del Código Civil. Estos artículos erigen el principio de la responsabilidad extracontractual como pilar fundamental. Esta disposición legal establece que aquel que, por acción u omisión, causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

A esta fuente principal de responsabilidad se suman diversas normativas específicas que regulan la responsabilidad contractual. En este caso, el incumplimiento de las obligaciones asumidas puede generar la exigibilidad de indemnización por los daños y perjuicios derivados de dicho incumplimiento.

Es menester señalar que la interpretación y aplicación de estos preceptos son objeto constante de análisis y desarrollo jurisprudencial por nuestros tribunales. Esto exige una actualización permanente por parte de los abogados de daños y perjuicios.

Daños y Perjuicios: Daño Emergente y Lucro Cesante

La noción de daño y perjuicio se desdobla en dos vertientes conceptuales diferenciadas, pero intrínsecamente ligadas.

Por un lado, el daño emergente se refiere a la pérdida o detrimento efectivo y actual sufrido en el patrimonio del perjudicado. Comprende la disminución del valor de los bienes existentes, así como los gastos incurridos como consecuencia del hecho lesivo (gastos médicos, de reparación, etc.). También incluye cualquier otro gasto económico directamente relacionado con el daño.

Por otro lado, el lucro cesante alude a la ganancia lícita que el perjudicado ha dejado de obtener como consecuencia directa del acto u omisión dañosa. Su determinación requiere un análisis prospectivo y probabilístico. Se deben valorar las expectativas razonables de ganancia que se han visto frustradas. La distinción y correcta acreditación de ambos componentes resulta crucial para una reclamación exitosa. Es una tarea en la que la experiencia de un abogado especialista en daños y perjuicios se torna indispensable.

La Amplia Gama de Daños Resarcibles: Una Clasificación Necesaria

La realidad casuística en el ámbito de los daños y perjuicios se presenta extraordinariamente diversa y poliédrica. A efectos de una mejor comprensión y tratamiento jurídico, resulta útil establecer una clasificación de los tipos de daños susceptibles de resarcimiento:

En primer lugar, encontramos los daños materiales, que afectan directamente a los bienes tangibles del perjudicado, como pueden ser los daños a vehículos, inmuebles, o cualquier otro objeto de valor económico.

En segundo lugar, se hallan los daños personales, que comprenden las lesiones físicas o psíquicas sufridas por la persona. Estos daños pueden abarcar desde lesiones leves y temporales hasta incapacidades permanentes e incluso el fallecimiento, generando a su vez perjuicios económicos (pérdida de ingresos, gastos asistenciales) y extrapatrimoniales (dolor, sufrimiento).

Finalmente, los daños morales constituyen una categoría singular, referida a la afectación a la esfera íntima y sentimental de la persona, al honor, a la reputación, o a otros Derechos Fundamentales. Su valoración, a menudo compleja y subjetiva, requiere una argumentación jurídica sólida y la aportación de pruebas que acrediten el sufrimiento o la aflicción padecida.

La adecuada calificación del tipo de daño es una labor esencial que compete al abogado daño y perjuicio.

La Cuantificación de la Indemnización: Un Proceso Delicado

La determinación del quantum indemnizatorio, es decir, la cuantificación económica de los daños y perjuicios resarcibles, constituye una de las tareas más arduas y trascendentales. Esta dificultad se presenta especialmente en este ámbito del Derecho. No existe un tarifario único y preestablecido. La valoración se realiza caso por caso, atendiendo a una pluralidad de factores y criterios.

En los casos de daños personales derivados de accidentes de tráfico, se suele recurrir al sistema de valoración previsto en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro.

Esta normativa, conocida comúnmente como «baremo», regula los daños y perjuicios en la circulación de vehículos a motor. Sin embargo, en otros supuestos, la valoración requiere un análisis más individualizado. Se consideran aspectos como la gravedad de la lesión, el tiempo de incapacidad y los gastos médicos y de rehabilitación.

También se valoran la pérdida de ingresos presentes y futuros, las secuelas funcionales y estéticas, y la edad del perjudicado.

En caso de daños morales, se tiene en cuenta la intensidad del sufrimiento padecido.

La intervención de peritos médicos, económicos y de otros ámbitos puede resultar fundamental para acreditar la extensión de los daños y perjuicios y fundamentar la pretensión indemnizatoria. Un abogado especialista en daños y perjuicios juega un papel crucial en la dirección de esta prueba pericial.

La Importancia Estratégica del Abogado Especializado

Ante la materialización de un evento lesivo que causa daños y perjuicios, la pronta y diligente asistencia de un abogado especializado se vuelve determinante para proteger los derechos del perjudicado.

Un profesional con experiencia y conocimientos específicos en esta área del Derecho está capacitado para realizar una evaluación inicial rigurosa de la viabilidad de la reclamación. También puede asesorar al cliente sobre sus derechos y las acciones legales a su alcance. Además, recopila y analiza la prueba documental y testifical necesaria. Negocia extrajudicialmente con la parte responsable o su compañía aseguradora en busca de un acuerdo justo.

Si no se alcanza una solución amistosa, puede interponer y dirigir las acciones judiciales pertinentes ante los órganos jurisdiccionales competentes. La estrategia legal a seguir, la fundamentación jurídica de la demanda y la adecuada presentación de la prueba son aspectos cruciales. En todos ellos, la pericia de los abogados de daños y perjuicios resulta esencial.

En consecuencia, la institución de los daños y perjuicios constituye un pilar esencial del sistema de responsabilidad civil en España. Está destinada a proporcionar una justa reparación a quienes han sufrido menoscabo en sus derechos e intereses por acción u omisión de terceros.

Como abogados de daños y perjuicios con ejercicio profesional en Sevilla, reiteramos nuestro firme compromiso de ofrecer un asesoramiento jurídico integral y una representación letrada cualificada.

También ofrecemos una defensa tenaz de los derechos de nuestros clientes en reclamaciones de daños y perjuicios. Si usted ha sido víctima de un perjuicio, no dude en contactar con nuestros abogados especialistas para recibir una atención personalizada y un análisis exhaustivo de su caso.

📜 Legislación: Articulo 1902 ss. del Código Civil (BOE).

Abogado experto en daños y perjuicios asesorando a un cliente